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#2 – Webinars Esni Bussines School

Exportar a la Unión Europea en 2026-2027: qué información exigirá el comprador europeo

Fecha: 01 de Octubre de 2026

Hora: 12:00 hs. – 13:15 hs. (CLT)

Ponente: Alberto Rino – Director ESNI

Exportar a la Unión Europea en 2026-2027: qué información exigirá el comprador europeo Subtítulo Nuevas exigencias regulatorias, trazabilidad, origen y documentación del proveedor latinoamericano Objetivo Aprovechar una ventaja competitiva difícil de reproducir por las instituciones locales: explicar desde Europa cómo las nuevas obligaciones europeas se trasladan, en la práctica, al exportador latinoamericano. No debe presentarse como una enumeración de reglamentos. La pregunta central será: ¿Qué información tendrá que preparar el exportador cuando su cliente europeo se la solicite antes de comprar o importar? Programa
  1. Diferencia entre las obligaciones del importador europeo y las exigencias que este trasladará a su proveedor.
  2. Origen preferencial, origen no preferencial y trazabilidad: por qué no son conceptos equivalentes.
  3. Reglamento europeo contra la deforestación: sectores afectados y documentación que deberá conservar la cadena de suministro.
  4. CBAM: mercancías comprendidas e información sobre emisiones que puede solicitar el importador.
  5. Envases y embalajes: evolución de las exigencias europeas y repercusión contractual.
  6. Coherencia entre producto, proveedor, país de producción, documentos y declaración aduanera.
  7. Checklist inicial para evaluar si una empresa está preparada para exportar a la UE en 2027.
El EUDR comenzará a aplicarse, con carácter general, el 30 de diciembre de 2026 para empresas grandes y medianas y afecta, entre otras materias primas, al café, cacao, ganado, madera, caucho, soja y aceite de palma. El régimen definitivo del CBAM está vigente desde el 1 de enero de 2026. Por tanto, no se trata de una sesión prospectiva genérica, sino de cambios que ya están modificando las solicitudes de información de los importadores europeos. Comisión Europea: EUDR y Comisión Europea: CBAM. Enfoque necesario Debe quedar claro que estas normas no afectan por igual a todas las empresas ni a todos los productos. El valor de la sesión será ayudar a determinar:
  • Si la empresa está afectada.
  • Qué exigencia recae jurídicamente sobre el importador europeo.
  • Qué información deberá aportar el proveedor latinoamericano.
  • Qué conviene incorporar al contrato o al expediente de la operación.

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