Blog

Importaciones Andinas; cómo reducir riesgo y mejorar el flujo financiero sin aumentar el coste

Por Alberto Rino Post 19 Febrero 2026

Ecuador, Colombia y Perú: el debate equivocado

En Ecuador, Colombia y Perú sigue siendo habitual el debate de si es mejor importar en condiciones CIF o hacerlo bajo FOB.

Ese debate corresponde al siglo XX.

Bajo Incoterms® 2020, en ambas reglas el riesgo del comprador se produce cuando la mercancía está embarcada ⚓

⚓ En FOB y CIF

📌 La entrega se produce cuando la mercancía está a bordo del buque en el puerto de embarque.

📌 El riesgo se transmite en ese mismo momento.

La diferencia entre FOB y CIF se limita a la gestión de gastos:

🚢 Quién contrata el flete.

🛡️ Quién contrata el seguro.

Lo que no se altera es el momento de transmisión del riesgo.

Si la mercancía sufre daño durante el tránsito marítimo hacia Callao, Cartagena o Guayaquil:

⚠️ El riesgo es del comprador.

✅ El vendedor ya cumplió con la entrega.

💳 En la práctica bancaria

📄 El pago suele activarse contra conocimiento de embarque.

💸 El importador paga cuando la mercancía sale.

📦 No dispone físicamente del producto.

📊 Financia inventario en tránsito.

⏳ Asume riesgo durante semanas.

🚢 DAP (Point) Puerto: definición exacta según ICC

La ICC define DAP (Delivered At Place) como la condición en la que:

El vendedor entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada, preparada para la descarga, en el lugar de destino convenido.

Si el lugar designado es un puerto (ejemplo: DAP Callao Port), estamos ante lo que operativamente denominamos DAP (Point).

📍 En DAP (Point) Puerto

🚢 La entrega se produce cuando el buque llega al puerto de destino.

📦 La mercancía está sobre el medio de transporte de llegada.

⬇️ Está preparada para descarga.

⚖️ El riesgo se transmite en ese momento.

📌 Los costes logísticos deben ser los mismos que en CIF asegurado.

Pero la diferencia estructural es clara:

👉 Durante todo el transporte principal, el riesgo es del vendedor.

🛡️ Diferencia en la reclamación al seguro

Aquí aparece la verdadera ruptura estructural.

🔹 En FOB

📌 No hay obligación de contratar seguro. Si el comprador lo contrata:

🧾 El comprador es el asegurado.

⚠️ Si hay daño en tránsito, el comprador reclama.

💸 El comprador queda obligado al pago.

✅ El vendedor no tiene riesgo jurídico.

🔹 En CIF

🛡️ El vendedor contrata el seguro.

👤 El comprador es el asegurado.

⚠️ Si hay daño en tránsito, el comprador reclama al asegurador.

💸 El comprador queda obligado al pago.

✅ El vendedor no tiene riesgo jurídico.

🔹 En DAP (Point)

📌 El vendedor no está obligado a contratar seguro. Si lo contrata:

👤 Es tomador y asegurado.

⚠️ Si ocurre un siniestro en tránsito, el vendedor reclama.

💳 El comprador no queda obligado al pago.

🛑 El comprador no asume riesgo hasta la llegada.

El efecto estructural es evidente:

En FOB y CIF el comprador gestiona el siniestro. En DAP (Point) el vendedor gestiona el siniestro.

💰 Diferencia financiera clave

🔹 En FOB y CIF

💳 El pago suele producirse al embarque.

🏦 El comprador financia la mercancía en tránsito.

📊 El capital queda inmovilizado durante semanas.

🔹 En DAP (Point) Puerto

📍 La entrega se produce a la llegada.

📑 El pago puede vincularse contractualmente a ese momento.

🚢 El vendedor financia el tránsito marítimo.

El precio es idéntico. La arquitectura financiera no lo es.

🎯 Conclusión

Si compras FOB o CIF:

⚠️ Asumes riesgo desde origen.

🛡️ Reclamas tú al seguro.

💸 Pagas antes de tener la mercancía.

Si compras DAP (Point) Puerto:

🚢 El vendedor asume riesgo durante tránsito.

🛡️ El vendedor gestiona el seguro si hay siniestro.

💵 El precio es el mismo que en CIF.

💳 Puedes alinear el pago con la llegada.

La diferencia no está en el flete. Está en quién soporta riesgo y financiación mientras el buque cruza el océano 🌊.

ISLI |El lugar donde reside el conocimiento de las Reglas Incoterms 2020

Adquiere los conocimientos que otros no tiene: Experto Reglas Incoterms 2020